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Resolución no altera régimen de pensiones del IMSS, asegura la SCJN
Foto de Sipse

La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer que con base en la Ley del Seguro Social anterior y en la actualmente vigente, la Suprema Corte determinó que aquellos trabajadores que entraron a trabajar antes de 1997, deben decidir el régimen de pensión al cual se van a sujetar.

La SCJN indicó que esto no altera las políticas públicas que decida tomar e implementar el IMSS.

Los trabajadores podrán elegir entre el régimen de 1973 o el de 1997, quedando así las opciones.

  • Si el trabajador escoge el régimen de la ley de 1973 el tope aplicable es el de 10 veces el salario mínimo a su pensión que obtiene de manera vitalicia.
  • Si el trabajador opta por el régimen de la ley de 1997, actualmente vigente, le aplicará el tope de 25 veces el salario mínimo a su pensión, hasta el límite de lo ahorrado en su cuenta individual, es decir, de lo acumulado en su Afore.

La SCJN indicó que esta resolución de jurisprudencia no modifica de ninguna forma las políticas públicas que decida tomar e implementar el IMSS en materia de pensiones por jubilación.

Con información de López-Dóriga Digital