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IMSS acatará amparo de SCJN a mujer por esterilización no consentida
En la foto, el logo del IMSS. Foto de Facebook

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) apuntó que acatará la resolución de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con respecto a un amparo concedido a una mujer que le fue practicada una esterilización no consentida en uno de sus hospitales.

En una tarjeta informativa, el IMSS apuntó que el caso analizado por la Corte ocurrió en en 2017 en un hospital de la institución en el estado de Jalisco.

El Instituto acatará la resolución del máximo Tribunal del país y cooperará en el ámbito de sus atribuciones”, se lee en el comunicado.

La Corte resolvió que a la mujer se le practicó una esterilización no consentida, pues su ‘consentimiento’ para realizar dicho procedimiento “no fue previo, pleno, libre ni informado, al recabarse en un ambiente de estrés, amenazas e intimidación durante la labor de parto”.

“Esta esterilización constituyó violencia de género, pues el personal médico actuó conforme a estereotipos de género; se decidió esterilizarla sin su autorización a partir de una disminución de su capacidad de decisión en relación con su propio cuerpo”, apuntó.

La SCJN concluyó que la quejosa fue víctima de violencia obstétrica institucional como una forma de violencia de género expresada a través de un conjunto de prácticas deshumanizantes ejercidas en el ámbito de la salud pública, específicamente, de la salud reproductiva que redunda en la afectación a la autonomía, libertad y capacidad de las mujeres de decidir libremente sobre su cuerpo y su sexualidad.

La Primera Sala destacó que la mujer —como paciente en edad reproductiva— no recibió consejerías previas de manera amplia en términos de la normativa aplicable, ni tuvo el tiempo suficiente para valorar y decidir cabalmente sobre el método de anticoncepción permanente denominado oclusión tubaria bilateral.

Además, en la sentencia se advirtió que no había urgencia para la práctica de la esterilización quirúrgica, ni era necesario que se realizara en forma inmediata para preservar la vida y salud de la mujer.

Con información de López-Dóriga Digital