Minuto a Minuto

Nacional Políticos, lo que quiere Trump
          El punto será el posicionamiento, hoy, de la presidenta de la República, en medio de la peor crisis que le estallaron en lo que va de su gobierno
Economía y Finanzas Citi anuncia el cierra de la venta del 22.6% de su participación accionaria en Banamex
Citi confirmó que, tras este proceso acelerado, no anticipa ventas adicionales durante el resto de 2026
Economía y Finanzas México pierde atractivo por los trámites que frenan la inversión, advierten especialistas
Un estudio reveló que el costo promedio que pierden las empresas por tiempos de espera de trámites asciende a 22.09 millones de pesos
Ciencia y Tecnología Nuevo satélite de la NASA revela en tiempo real el hundimiento de la Ciudad de México
El satélite NISAR de la NASA muestra que algunas zonas de la Ciudad de México se hundieron más de 2 centímetros por mes a finales del 2025
Nacional Manuel Albares subraya la “total normalidad” entre España y México tras reunirse con Sheinbaum
"Lo que hemos hecho es mirar hacia el futuro, esa gran etapa en las relaciones bilaterales", dijo Manuel Albares
Legal poseer más de cinco gramos de mariguana para consumo personal, determina la SCJN
El Senado aplazó el dictamen para la regulación de la mariguana. Foto de EFE

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional penalizar la posesión de más de cinco gramos de mariguana, a menos que se compruebe que no está destinada al consumo personal.

De los cinco ministros de la Primera Sala, tres se pronunciaron por la invalidez de una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud, el cual permite la posesión de menos de cinco gramos para consumo personal, pero castiga con entre 10 meses y tres años de cárcel si se excede esa cantidad.

Legal poseer más de cinco gramos de mariguana para consumo personal, determina la SCJN - mariguana-mexico
Foto de EFE

El artículo estipula:

El Ministerio Público no ejercerá acción penal por el delito previsto en el artículo anterior (posesión simple), en contra de quien sea farmacodependiente o consumidor y posea alguno de los narcóticos señalados en la tabla, en igual o inferior cantidad a la prevista en la misma, para su estricto consumo personal

De esta manera, la Suprema Corte declaró inconstitucional este fragmento: “en igual o inferior cantidad a la prevista en la misma“.

Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Margarita Ríos Farjat y Juan Luis González Alcántara, este último quien elaboró el proyecto, se pronunciaron a favor de que fiscales y jueces aclaren si el estupefaciente está destinado al consumo personal, sin importar la cantidad.

Norma Piña y Jorge Mario Pardo se manifestaron en contra del proyecto porque la porción del articulo 478 a la que se refiere la sentencia, no fue impugnada específicamente en la demanda de amparo.

Con información de López-Dóriga Digital