Minuto a Minuto

Sin Categoría PREP 2024 – TEST
Your browser doesn’t support iframes Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Praesent et enim accumsan, molestie tortor ut, finibus leo. Nunc id diam ut eros viverra porta eget ut lacus. Integer maximus quam erat, at pharetra mi feugiat ac. Vivamus a felis sit amet quam iaculis viverra. Curabitur euismod velit sed sem pharetra … Continued
Deportes Vontae Davis, exjugador de la NFL, murió a los 35 años
El cuerpo de Vontae Davis, exjugador de la NFL, fue encontrado en Southwest Ranches, Florida, detallaron auroridades
Nacional Sheinbaum propone una “simplificación administrativa” para desaparecer al Inai
Sheinbaum dijo que "mayor regulación ha generado ineficiencia", por lo que de llegar a la Presidencia desaparecería instituciones y reglamentos
Nacional Conafor reporta 69 incendios forestales activos en México
Por medio de una tarjeta informativa, la Conafor informó que estos incendios forestales se encuentran en 18 entidades
Nacional Aeropuerto de Mexicali reanuda operaciones, tras el mal clima del fin de semana
El Aeropuerto Internacional de Mexicali, en Baja California, tuvo que ser cerrado el pasado sábado por la tarde debido al mal clima
Universidades privadas podrán ser demandadas si no entregan títulos profesionales
Foto de Unsplash

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que sí se puede demandar a las universidades privadas si estas se niegan a entregar el título profesional a estudiantes que hayan cumplido con todos los requisitos.

Este pronunciamiento se da derivado de una contradicción de criterios entre tribunales colegiados.

Con este fallo se sentó jurisprudencia y ahora jueces y magistrados federales estarán obligados a admitir a trámite demandas de amparo que se promuevan por este tipo de casos.

En su proyecto de sentencia, Loretta Ortiz Ahfl argumentó que cuando las universidades no entregan un título profesional a un alumno que cumple los requisitos establecidos en los planes y programas de estudio correspondientes, afecta derechos contemplados en la Ley de Amparo.

Esto debido a que impide el ejercicio de su derecho humano a la libertad de profesión, así como la tramitación de su cédula profesional y el registro de los documentos ante el Sistema de Información y Gestión Educativa.

Apuntó que los particulares con permiso para prestar el servicio de educación, al formar parte del Sistema Educativo Nacional, asumen la responsabilidad de cumplir con lo establecido en la Ley.

También resalta que la Ley General de Educación y la Ley General de Educación Superior estipula que las instituciones adscritas al Sistema Educativo Nacional expedirán certificados y otorgarán constancias, diplomas, títulos o grados académicos a las personas que hayan concluido estudios de conformidad con los requisitos de los planes y programas de estudio.

Con información de López-Dóriga Digital