Minuto a Minuto

Nacional Políticos, lo que quiere Trump
          El punto será el posicionamiento, hoy, de la presidenta de la República, en medio de la peor crisis que le estallaron en lo que va de su gobierno
Economía y Finanzas Citi anuncia el cierra de la venta del 22.6% de su participación accionaria en Banamex
Citi confirmó que, tras este proceso acelerado, no anticipa ventas adicionales durante el resto de 2026
Economía y Finanzas México pierde atractivo por los trámites que frenan la inversión, advierten especialistas
Un estudio reveló que el costo promedio que pierden las empresas por tiempos de espera de trámites asciende a 22.09 millones de pesos
Ciencia y Tecnología Nuevo satélite de la NASA revela en tiempo real el hundimiento de la Ciudad de México
El satélite NISAR de la NASA muestra que algunas zonas de la Ciudad de México se hundieron más de 2 centímetros por mes a finales del 2025
Nacional Manuel Albares subraya la “total normalidad” entre España y México tras reunirse con Sheinbaum
"Lo que hemos hecho es mirar hacia el futuro, esa gran etapa en las relaciones bilaterales", dijo Manuel Albares
SCJN reconoce derechos de menores nacidos en familias homoparentales
Foto de Notimex

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que el artículo 384 del Código Civil del Estado de Aguascalientes, visto desde la perspectiva de los derechos de los menores de edad, es inconstitucional pues excluye de su protección a los que nacen en contextos de uniones familiares homoparentales, lo que resulta contrario al interés superior del menor.

De igual manera, los ministros determinaron que dicha norma, desde el enfoque de los derechos de las familias homoparentales, es inconstitucional, pues limita “la filiación jurídica a la circunstancia de que los padres sean de distinto género y al principio de verdad biológica, lo que desconoce la realidad de esas personas cuyo derecho a conformar uniones familiares debe ser protegido en igualdad de condiciones que cualquier otra forma de familia“.

El caso derivó de un amparo tramitado por dos mujeres que intentaron registrar a la hija de una de ellas como descendiente de ambas.

Las autoridades del Registro Civil del estado les negaron la solicitud, argumentando que no existe vínculo biológico entre una de ellas y la menor.

La pareja alegó que, si se hubiera tratado de una pareja heterosexual, el vínculo biológico no les sería exigido, lo cual resulta discriminatorio y violatorio de los derechos humanos.

“El hijo biológico de una mujer debe poder ser reconocido voluntariamente en su partida de nacimiento o en acta especial posterior, por otra mujer con quien aquella conforme una unión familiar homoparental, aun cuando evidentemente quien reconoce no tenga un vínculo genético con él, pues en estos casos, su contexto familiar permite que se pondere como elemento determinante de la filiación jurídica, la voluntad parental para ejercer la comaternidad, por ser lo más acorde a su interés superior”, señaló la Suprema Corte.

Al respecto, Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN, manifestó que el “respeto a la dignidad de todas las personas y de todas las familias es fundamento de una democracia constitucional”.

Con información de López-Dóriga Digital