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Cargos no reconocidos a tarjetas de débito deberán abonarse en dos días
Tarjetas bancarias. Foto de Internet

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros anunció que los bancos serán obligados a abonar los cargos no reconocidos a tarjetas de débito en máximo dos días hábiles.

Un punto importante es que aplicará siempre y cuando las reclamaciones correspondan a operaciones realizadas en las 48 h previas. Se trata de una modificación a las circulares relativas a Tarjetas de Crédito y Débito, publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Cargos no reconocidos a tarjetas de débito deberán abonarse en dos días - revisar-estado-de-cuenta
Estado de cuenta bancario. Foto de Internet

La Condusef explicó en un comunicado que también se abre la posibilidad de que los bancos y otros emisores de tarjetas utilicen al menos dos elementos de autenticación para la realización de operaciones y evitar cargos no reconocidos.

En caso de que la institución bancaria no haya solicitado elementos de autenticación, estaría obligada a abonar el monto reclamado. Entre las opciones a solicitar están: número de identificación personal o frase de seguridad, microcircuito o chip para la tarjeta o un dispositivo móvil asociado a la operación con tarjeta, e incluso huella dactilar, reconocimiento de iris o facial.

Cargos no reconocidos a tarjetas de débito deberán abonarse en dos días - llama-condusef-a-tener-cuidado-con-nuevos-creditos-de-nomina
Revisar estado de cuenta bancario. Foto de Internet

Para hacer válido el abono, el usuario tendrá que acreditar que el cargo fue realizado bajo las reglas previas, para lo cual deberán emitir un dictamen con la evidencia de los factores de autenticación usados para las operaciones así como la forma en que su verificación se realizó.

La importancia de la nueva regla radica en que de enero a junio de este años, las reclamaciones por cargos no reconocidos en tarjetas de débito sumaron el millón 207 mil 379 pesos.

No obstante, la disposición entrará en vigor a partir del 26 de septiembre de 2019.