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Nacional Políticos, lo que quiere Trump
          El punto será el posicionamiento, hoy, de la presidenta de la República, en medio de la peor crisis que le estallaron en lo que va de su gobierno
Economía y Finanzas Citi anuncia el cierra de la venta del 22.6% de su participación accionaria en Banamex
Citi confirmó que, tras este proceso acelerado, no anticipa ventas adicionales durante el resto de 2026
Economía y Finanzas México pierde atractivo por los trámites que frenan la inversión, advierten especialistas
Un estudio reveló que el costo promedio que pierden las empresas por tiempos de espera de trámites asciende a 22.09 millones de pesos
Ciencia y Tecnología Nuevo satélite de la NASA revela en tiempo real el hundimiento de la Ciudad de México
El satélite NISAR de la NASA muestra que algunas zonas de la Ciudad de México se hundieron más de 2 centímetros por mes a finales del 2025
Nacional Manuel Albares subraya la “total normalidad” entre España y México tras reunirse con Sheinbaum
"Lo que hemos hecho es mirar hacia el futuro, esa gran etapa en las relaciones bilaterales", dijo Manuel Albares
Nueva ley de Movilidad de la CDMX podría desaparecer Uber Pool

La nueva Ley de Movilidad de la Ciudad de México, prohibe el uso compartido de autos de transporte de pasajeros entre los usuarios, por lo que el servicio de Uber Pool podría desaparecer.

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El artículo 59 de esta ley, presentada el viernes, establece que queda “prohibido el servicio de transporte de pasajeros privado y especializado con chofer, que se genere a través de dos o más solicitudes con una misma unidad vehicular que realice el mismo viaje a diversas personas, en un mismo recorrido, trayecto o ruta”.

Artículo 59.- Queda prohibido el servicio de transporte de pasajeros privado especializado con chofer, que se genere a través de dos o más solicitudes con una misma unidad vehicular que realice el mismo viaje a diversas personas, en un mismo recorrido, trayecto o ruta.

La Secretaría podrá restringir el servicio de unidades matriculadas en otras entidades federativas a las que contraten el Servicio Privado con Chofer en la Ciudad de México, cuidando fundamentalmente conservar el equilibrio ecológico, de la oferta, demanda y el presente reglamento.

Serán acreedores a la sanción establecida en el artículo 258 de la Ley, a quienes desobedezcan lo mandatado en el presente artículo, sin menoscabo de las sanciones administrativas a que pudiera también hacérseles responsables.

Al igual y como se aplica en los taxis libres, los vehículos que operan en estas plataformas como Uber, Cabify, Easy, entre otras, deberán tener menos de 10 años de antigüedad y deberá estar registrados ante la Secretaría de Movilidad (Semovi), además de contar con la calcomanía cero o doble cero.

Los operadores serán sancionados de acuerdo al Artículo 258 de la Ley de Movilidad, en caso de violar dichas normas.

Redacción