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Ciudadanos transgénero podrán votar en 2018: INE
Foto de INE

Las ciudadanos transgénero podrán votar el próximo 1 de julio, pese a que exista discordancia entre su expresión de género, fotografía de la credencial de elector, nombre y sexo femenino o masculino.

Así lo determinó el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) al aprobar el Protocolo para adoptar las medidas tendientes a garantizar a las personas trans, entre ellas las que han cambiado de identidad, el ejercicio del voto en igualdad de condiciones y sin discriminación.

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Foto de INE

Este aplicará en la elección federal y las 30 locales concurrentes del próximo año, para lo cual el INE capacitará a los funcionaros de casilla, explicó el presidente de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral, el consejero Marco Antonio Baños.

A su vez, el consejero presidente del instituto electoral, Lorenzo Córdova, detalló que el Protocolo cumple a cabalidad con los parámetros establecidos por los principales instrumentos jurídicos y convenciones internacionales de protección a los derechos humanos.

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Foto de INE

En particular, dijo, se ciñe a los instrumentos de carácter político-electoral, con lo cual se eliminan los estereotipos y prejuicios motivados por la orientación sexual y la identidad de género.

“Se trata de que cada persona, independientemente de sus diferencias, tenga los mismos derechos ante la ley y que el derecho al voto no sólo sea universal y valga lo mismo en las urnas, sino que no pueda verse vulnerado por otras personas, ni por autoridades ni por los intereses propios de las contiendas”, expuso.

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Foto de INE

Aclaró que la única condición que impone la Constitución para el ejercicio del sufragio es contar con la credencial para votar actualizada, condición que es universal y aplicable a todas las personas mayores de edad inscritas en la lista nominal.

Al respecto, la consejera Dania Ravel reconoció el trabajo realizado por el Consejo para Prevenir la Discriminación de la Ciudad de México y de organizaciones de la sociedad civil que son defensoras de los derechos de las personas trans, su participación en la elaboración de este Protocolo.

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Con ello, expuso, “bajo ningún supuesto podrá ser motivo para impedir el voto la falta de concordancia entre la expresión de género del o la votante con la fotografía de la credencial para votar o bien de la fotografía con el nombre o el sexo, hombre o mujer, asentados en la misma”.

El consejero Jaime Rivera señaló que con esta herramienta se busca combatir la exclusión, persecución y diversas formas de opresión que han sufrido las personas que deciden cambiar de identidad.

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Foto de INE

De esta manera, las personas que se encuentren en las casillas el día de la elección deberán abstenerse de realizar cualquier conducta que restrinja el derecho al libre desarrollo de la personalidad del votante.

Además, deberán otorgar un trato igual sin distinción, por razones de identidad de género, orientación sexual, expresión de género y/o apariencia no coincidente con los estándares socialmente aceptados de los cuerpos femeninos y masculinos.

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Foto de INE

Los funcionarios de casilla deberán resolver cualquier observación o cuestionamiento que formule alguna de las personas presentes en éstas, entre ellos, los representantes de partido político o candidatura independiente, observadores electorales o ciudadanos y electores.

En caso de presentarse, se deberá asentar esta situación en la hoja de incidentes, especificando si se permitió votar a la persona y si existió oposición a ello por parte de quienes se encontraban en la misma.

Redacción