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Diputados avalan Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República
Foto de Quadratín

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y particular, la minuta del proyecto de decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, que sustituirá a la PGR.

Tras un largo debate de más de ocho horas, con cruce de acusaciones entre Morena y sus aliados con la oposición, el documento fue avalado con 341 votos a favor, 119 en contra y una abstención y turnado al Ejecutivo federal para su publicación y efectos constitucionales.

En la discusión en lo particular, en la que se reservaron 63 artículos y varios transitorios, la aprobación fue con 296 votos a favor, 138 en contra y una abstención.

La minuta aprobada reglamenta la organización, funcionamiento y ejercicio de las atribuciones de la Fiscalía General de la República, como un órgano público autónomo a cargo de las funciones otorgadas al Ministerio Público de la Federación.

El texto establece entre otras, que serán funciones del fiscal: investigar y perseguir los delitos; ejercer acción penal; procurar la reparación del daño de las víctimas; adoptar y, en su caso, promover la adopción de medidas de protección en favor de las víctimas, testigos u otros sujetos procesales.

La Fiscalía contará con cuatro Fiscalías Especializadas: en Materia de Derechos Humanos, Delitos Electorales, Combate a la Corrupción y de Asuntos Internos. Los titulares serán designados y removidos por el Fiscal General.

El nombramiento del Fiscal General se sujetará a lo estipulado en el artículo 102, Apartado A de la Constitución, es decir: a partir de la ausencia definitiva del fiscal general, el Senado tendrá 20 días para integrar una lista de al menos 10 candidatos, la cual enviará al Ejecutivo federal, que tendrá 10 días para formular una terna que regresará al Senado para que el pleno elija al fiscal.

La Ley Orgánica establece que el titular de la Fiscalía sólo podrá ser removido por el presidente de la República por incumplir de manera reiterada los fines institucionales; por participar, tolerar, consentir o apoyar violaciones graves a los derechos humanos, o cometer violaciones graves a la Constitución.

También crea una Coordinación General de la Fiscalía General y faculta al coordinador general para suplir al fiscal general en sus ausencias, además de que representará legalmente a la Fiscalía en los asuntos jurídicos de acciones promovidas en su contra.

Con información de López-Dóriga Digital