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Diputados declaran sin materia caso de Eva Cadena

La Sección Instructora de la Cámara de Diputados se declaró sin materia en el caso de la ex diputada local, Eva Cadena, luego de que fue desaforada por el Congreso de Veracruz por delitos electorales, tras haber recibido recursos de particulares presuntamente para Andrés Manuel López Obrador, líder de Morena.

En entrevista, al concluir la reunión de dicha instancia legislativa, su presidente Ricardo Ramírez Nieto detalló que la resolución fue de mero trámite para dar por terminado el presente procedimiento de declaración de procedencia, en concordancia a lo acordado en el Congreso local, que decretó el desafuero de Cadena Sandoval.

El legislador federal priista reconoció que la excandidata de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) a la presidencia municipal de Las Choapas, Veracruz, puede ser detenida ahora que ya no tiene fuero, “desde luego que las autoridades están en condiciones de ejercitar acción penal en contra de ella”.

Aclaró que no se dio carpetazo, “nosotros fuimos muy responsables, obtuvimos una copia certificada del dictamen emitido por el Congreso local de Veracruz, lo anexamos al expediente, constatamos, desde luego, a virtud de esa copia certificada, de que el pleno del Congreso de Veracruz aprobó el desafuero”.

Por ello, agregó que “lo único que hicimos es dar por terminado el procedimiento, porque se declara sin materia. Si la señora ya no tiene fuero, es absurdo e ilógico que sigamos continuando con un procedimiento para desaforar”.

Al ser cuestionado sobre si el Congreso local trabajó más rápido que la Cámara de Diputados para desaforar a la diputada, respondió que a partir de que les fue turnado el caso, no dejaron de observar los términos que establece el procedimiento para un asunto de esta naturaleza, “al parecer en Veracruz llegó antes la solicitud de desafuero”.

Ramírez Nieto confirmó que Eva Cadena Sandoval perdió el fuero por el delito previsto en el Artículo 15 de la Ley General de Delitos Electorales, que fue lo mismo que se tramitó en esta instancia, y respecto a si ese delito amerita cárcel, aclaró que no está señalado como un ilícito que amerite prisión preventiva oficiosa.

Sin embargo, sostuvo que “ya será cuestión, en su momento, si se ejercita acción penal y, en su momento lo que determine el juez de control para efecto de qué es lo que pasa en relación a su libertad, si va a afrontar el proceso en libertad o lo va a afrontar privada de la libertad”.

“Eso depende de las autoridades, tanto de procuración de justicia, como de administración de justicia”, explicó el presidente de la Sección Instructora de la Cámara de Diputados.

Diputados declaran sin materia caso de Eva Cadena - eva-cadena
Foto de Alberto Roa/Cuartoscuro

Apuntó también que en el Congreso local no hay delitos del fuero común en materia electoral, está derogado todo el capítulo relativo a estos ilícitos para dar pauta y estar contemplándose solo en la Ley General de Delitos Electorales. El procedimiento y la determinación que asumió el Congreso de Veracruz, política y jurídicamente deben responder ellos en torno a ese procedimiento.

“Ante nosotros, estaba solventada y se solventa la competencia para conocerlo por parte de nosotros, porque se trata de un delito del orden federal, reservado para la Procuraduría General de la República, en este caso para la Fepade, se reúnen los requisitos de procedibilidad y estaban en el trámite correcto”.

“Si un trámite diverso se realizó en el estado de Veracruz, jurídica y políticamente ellos tendrán que responder”, reiteró.

En cuanto a si podría ser procesada la parte que proporcionó el dinero a Cadena Sandoval indicó que ese es tema de la investigación que tenga que realizar la Procuraduría General de la República, “lo único que nos corresponde es determinar si ha lugar o no ha lugar a proceder penalmente en contra del funcionario público dotado de fuero. Eso escapa totalmente a nosotros”.

Además, rechazó que pueda ser impugnable el desafuero de la ex diputada local, pues la determinación es firme. “Recuerden que todas las determinaciones que asume la Sección Instructora en este tipo de asuntos, son inimpugnables, no admiten ningún recurso”.

Redacción