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Nacional Políticos, lo que quiere Trump
          El punto será el posicionamiento, hoy, de la presidenta de la República, en medio de la peor crisis que le estallaron en lo que va de su gobierno
Economía y Finanzas Citi anuncia el cierra de la venta del 22.6% de su participación accionaria en Banamex
Citi confirmó que, tras este proceso acelerado, no anticipa ventas adicionales durante el resto de 2026
Economía y Finanzas México pierde atractivo por los trámites que frenan la inversión, advierten especialistas
Un estudio reveló que el costo promedio que pierden las empresas por tiempos de espera de trámites asciende a 22.09 millones de pesos
Ciencia y Tecnología Nuevo satélite de la NASA revela en tiempo real el hundimiento de la Ciudad de México
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Nacional Manuel Albares subraya la “total normalidad” entre España y México tras reunirse con Sheinbaum
"Lo que hemos hecho es mirar hacia el futuro, esa gran etapa en las relaciones bilaterales", dijo Manuel Albares
José Luis Abarca seguirá encarcelado por delincuencia organizada y enriquecimiento ilícito
Fotografía de unas esposas policiales. Foto de López-Dóriga Digital/Juan Pablo C. Esquivel

José Luis Abarca, exalcalde de Iguala, Guerrero, permanecerá encarcelado por los delitos de delincuencia organizada y enriquecimiento ilícito.

El exalcalde promovió en 2023 un juicio de amparo para recuperar su libertad y argumentó que la medida de prisión en su contra se extendió más allá de los dos años que establece el artículo 20 de la Constitución federal para la preventiva oficiosa.

Los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en el Estado de México respondieron que a Abarca se le dictó prisión preventiva justificada, misma que estuvo fundamentada.

Se expusieron los motivos por los cuales se considera que dicha medida está sustentada, lo cual concuerda con lo determinado por este órgano colegiado, en el sentido de que lo prohibido es imponer la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, y no así la prisión preventiva justificada. De ahí que fue correcto que se tuviera por cumplida la ejecutoria de amparo, al no existir defecto ni exceso en el cumplimiento”, determinaron los magistrados.

Con información de López-Dóriga Digital