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Penalizan cobradores intimidatorios en el DF
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A partir de mañana, en el Distrito Federal se castigarán a las empresas y personas que utilicen el hostigamiento y las amenazas contra los deudores, o gente que haya sido acreeditada como aval o referencia.

El artículo 209 Bis del Código Penal del Distrito Federal establece penas de seis meses a dos años o multas de hasta 300 días de salarios mínimo para aquellos que utilicen la intimidación o amenazas contra deudores o sus avales.

La nueva ley fue publicada el día de hoy en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, donde también se establece que es a partir del 23 de agosto cuando inicia la vigencia de la normatividad.

Con información de Zócalo